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Entra en vigor despenalización del aborto en el estado de Puebla

El decreto fue publicado este 15 de agosto en el Periódico Oficial del Estado


por Redacción

Puebla, Méx. (Quinceminutos.MX). -A un mes de su aprobación en el Congreso del Estado, la tarde de este 15 de agosto se publicó finalmente en el Periódico Oficial del Estado (POE) el decreto que despenaliza la interrupción del embarazo en Puebla, siempre que se realice antes de la décimo segunda semana de gestación.


El nuevo marco legal establece importantes cambios en los artículos del Código Penal. En particular, el artículo 339 ahora define el aborto como "la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación".

Por su parte, el artículo 340 impone de seis meses a un año de prisión a la mujer o persona gestante que voluntariamente procure su aborto o consienta que otro lo provoque después del límite de 12 semanas.


Una novedad importante es la inclusión del artículo 341, que tipifica el aborto forzado como un delito grave, imponiendo penas de cuatro a ocho años de prisión para quienes lo cometan.


En caso de que se utilice violencia física o moral para llevar a cabo la interrupción sin el consentimiento de la mujer, la pena se incrementa a un rango de ocho a diez años.


Asimismo, la nueva normativa deja claro que el aborto no será sancionado si, a juicio de un especialista, el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan resultar en daños físicos o mentales. Esto debe quedar respaldado por un dictamen médico y contar con el consentimiento de la mujer o persona gestante.


Las reformas al Código Penal de Puebla, que modifican los artículos 339, 340, 341, 342 y 343, entrarán en vigor a partir del viernes 16 de agosto de 2024.


Desde entonces, las mujeres y personas gestantes podrán interrumpir su embarazo con apoyo médico, sin temor a enfrentar sanciones legales, siempre que se realice antes de la semana 12.

El documento también reafirma que el aborto seguirá siendo un delito después de ese período gestacional, imponiendo penas a quienes interrumpan un embarazo sin el consentimiento de la mujer. Esto incluye a profesionales de la salud como médicos, enfermeros y parteras, quienes además enfrentarán la suspensión de sus licencias si cometen este delito.


El decreto responde a la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en 2022 declaró inconstitucional la prohibición del aborto consentido y la sanción al personal médico que brinde asistencia en estos casos.

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