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Con aplanadora, aprueban diputados reforma de AMLO al Poder Judicial

Dan luz verde a la ley en lo general con 359 votos de Morena, PT y PVEM


por Irene Castellanos

Ciudad de México (Quinceminutos.MX). –En medio de protestas y en una sede alterna al edificio de San Lázaro, los diputados de la cuatroté aprobaron antes del amanecer de este miércoles 4 de septiembre la reforma al Poder Judicial planteada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, mediante la cual se modifica, entre otras cosas, la carrera profesional para jueces y magistrados, implementando la elección popular para ocupar cargos en los Tribunales y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

 

Después de más de 12 horas de debate, con 359 votos a favor por parte de Morena, PT y PVEM fue aprobada la reforma constitucional que había estado en la congeladora desde el 5 de febrero, cuando fracasó el consenso del presidente de la República, echando a andar el llamado “Plan C” que implicaba ganar la mayoría legislativa a través de la elección del 2 de junio de este año, a fin de conseguir la aprobación de su nueva ley.

 

Durante el debate realizado en el deportivo Magdalena Mixhuca de la Ciudad de México, se escucharon también las voces de la oposición, quienes advirtieron el error de quitarle autonomía al Poder Judicial por “capricho” y “venganza” del presidente al no haber doblegado a los ministros durante sus seis años de gobierno, así como del riesgo de perder los contrapesos legales y el Estado de derecho en el país. Así los legisladores del PRI, PAN y MC lograron sólo 135 sufragios en el pleno.


En votación económica, el Pleno desechó, por separado, dos mociones suspensivas presentadas por los diputados Germán Martínez Cázares (PAN) y Tecutli José Guadalupe Gómez Villalobos (MC) para detener el procedimiento y ampliar el diálogo.

 

Modificaciones a la ley

 

  1. Elección por Voto Popular: Establece un proceso de elección por voto popular para magistradas y magistrados de Circuito, juezas y jueces de Distrito, así como ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con la intervención del Instituto Nacional Electoral (INE).


  2. Reducción de la SCJN: Reduce el número de integrantes de la SCJN de 11 a 9 ministras y ministros, con una duración en su encargo de 12 años.


  3. Eliminación de Pensiones: Elimina las pensiones para jueces y magistrados y establece un tope máximo de remuneración que no podrá ser superior a la del presidente de la República.


  4. Plazos para Dictar Sentencias: Señala un plazo máximo de seis meses para que las autoridades competentes dicten sentencias. Si no se cumple con este plazo, se debe justificar y notificar al Tribunal de Disciplina Judicial o al Órgano Interno de Control.


  5. Procedimiento de Elección: Fija el procedimiento para la elección de ministras y ministros de la SCJN, magistradas y magistrados de Circuito, juezas y jueces de Distrito, magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, y magistradas y magistrados electorales del Tribunal Electoral.


  6. Requisitos y Designaciones: Determina los requisitos para ser electo en los diferentes cargos del Poder Judicial y establece mecanismos para la designación en caso de defunción, renuncia o ausencia definitiva de alguno de sus integrantes.


  7. Administración y Control Interno: La administración y control interno en el Tribunal Electoral estará a cargo del Órgano de Administración Judicial, mientras que el Tribunal de Disciplina Judicial manejará los temas de disciplina y conflictos laborales dentro del Poder Judicial.


  8. Facultades del Tribunal de Disciplina Judicial: Este tribunal tendrá la facultad de conocer, investigar, substanciar y sancionar a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación que incurran en actos u omisiones contrarias a la ley, al interés público o a la adecuada administración de justicia.


  9. Independencia del Órgano de Administración Judicial: El Órgano de Administración Judicial contará con independencia técnica y de gestión y será responsable de la administración, carrera judicial y control interno del Poder Judicial, además de determinar la organización y competencia de los tribunales.

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