Avala la SCJN cobro del DAP en los municipios del estado de Puebla
La cuota fue aprobada en diciembre pasado por el Congreso del Estado para 144 ayuntamientos
por Irene Castellanos
Puebla, Méx. (Quinceminutos.MX).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP) que fue aprobado por el Congreso del Estado de Puebla para 144 municipios para el ejercicio fiscal 2022.
En sesión del pleno realizada este martes, el máximo tribunal confirmó que el cobro incluido en los recibos de luz es válido, contrario a las impugnaciones realizadas en contra de esta tarifa.
De acuerdo con lo señalado por la SCJN, las normas impugnadas prevén el cobro por el DAP se encuentran estructuradas conforme a los estándares establecidos por el mismo tribunal, en la acción de inconstitucionalidad 10/2021.
"Contienen los elementos propios de un derecho a saber el objeto, la prestación del servicio público de alumbrado público, los sujetos propietarios o poseedores de predios urbanos o rústicos ubicados en el municipio, la base, el costo anual actualizado del servicio de alumbrado público, erogado por el municipio en el año anterior, la cuota mensual y la época de pago, por lo tanto esta Suprema Corte reconoce la validez de las normas impugnadas", precisó.
Con este aval, los 217 municipios del estado de Puebla podrán solicitar al Congreso del Estado que incluyan el cobro del DAP para sus Leyes de Ingresos 2023, ajustado a la fórmula establecida este año.
El DAP es una cuota establecida mediante porcentaje, incluida en los recibos de luz, por solicitud de las comunas a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), misma que es aplicada al pago por el alumbrado público.
En los municipio que no es aplicado el DAP, las administraciones municipales son las encargadas de realizar el pago de manera directa a la CFE por el servicio, sin embargo, ese recurso tiene que ser tomado de partidas presupuestales.
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