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Aprueba Comisión paridad de género para la gubernatura de Puebla

La Comisión de Gobernación también avaló reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública, así como al Código de Instituciones y Procesos Electorales


Puebla, Méx.- Con la finalidad de garantizar el principio de paridad de género en la renovación de la titularidad del Poder Ejecutivo, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado aprobó el Proyecto de dictamen para adicionar la Constitución estatal.


Las adiciones a los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 71 a la Constitución Política del Estado de Puebla, establece que en la renovación de la titularidad del Poder Ejecutivo, se deberá garantizar el principio de paridad de género.


Así como establecer que los partidos políticos, coaliciones electorales y candidaturas comunes deberán alternar el género en la postulación de cada elección, en términos de lo que disponga la legislación local en la materia.Las adiciones señalan que no será aplicable para los casos en los que esta constitución prevé que la titularidad del poder ejecutivo sea ocupada por la o el gobernador interino, provisional o sustituto.


En sus intervenciones, las diputadas Silvia Tanús Osorio, Xel Arianna Hernández García y el diputado Eduardo Alcántara Montiel, señalaron que la aprobación de las iniciativas presentadas inicialmente por la Junta de Gobierno y Coordinación Política, y la diputada Eliana Angélica Cervantes González, representa un momento histórico para las nuevas generaciones de mujeres poblanas, que tendrán la certeza de poder aspirar a gobernar su estado en igualdad de circunstancias.


Por otra parte, las y los integrantes del órgano colegiado avalaron el proyecto para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla.


Esto, con la finalidad de establecer que el Ejecutivo del Estado implementará los mecanismos necesarios para regular el ingreso, permanencia, promoción y en su caso remoción de los servidores públicos, en términos de lo previsto por el artículo 79 de la Constitución local, y las demás legislaciones.


Así como reformar el artículo 14, para que se desarrollen e impulsen los mecanismos para regular el ingreso, permanencia, promoción y, en su caso, remoción de los servidores públicos.Cabe señalar que el proyecto de dictamen se formuló con la iniciativa presentada inicialmente por el Ejecutivo del Estado.

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