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Responsabiliza CNDH a Puebla y Ajalpan por linchamiento


En 2015 fueron asesinados por pobladores los hermanos Copado Molina


Palacio municipal de Ajalpan, Puebla.

Ciudad de México.- Por la omisión de actuación de las autoridades municipales y estatales en el linchamiento de dos hermanos por pobladores de Ajalpan, Puebla, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 78/2017 al Gobernador de Puebla, José Antonio Gali Fayad, y a los integrantes del Ayuntamiento de ese municipio.

El 19 de octubre de 2015, ambos hermanos, que laboraban en una empresa encuestadora, realizaban un estudio de los hábitos de compra y consumo de tortilla de maíz en el municipio de Ajalpan; esta actividad resultó sospechosa para un grupo de personas, quienes solicitaron la presencia de la Policía Municipal. La actitud de los pobladores se tornó violenta, manifestando su intención en lincharlos, por lo que los jóvenes fueron trasladados en una patrulla a la comandancia que se encuentra en el Palacio Municipal, a la espera del arribo del supervisor de la compañía.

Se esparció el rumor de que se trataban de “secuestradores de niños”, por lo que la turba ingresó a la comandancia en busca de los agraviados, quienes fueron llevados por los policías a la azotea, hasta donde llegaron los pobladores que los bajaron para golpearlos y, finalmente, prenderles fuego. En el evento también resultaron policías lesionados, robo de armamento oficial y daños a la presidencia municipal.

Al día siguiente, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla inició de oficio el expediente 6531/2015 por tales hechos. El 5 de noviembre de 2015 se publicó en un periódico de circulación nacional la nota titulada “Familia de linchados en Ajalpan demandará a gobierno de Puebla”, en la que se dio a conocer que los familiares de los agraviados presentarían queja ante la CNDH por la omisión del Gobierno Estatal en brindar seguridad a las víctimas y la falta de indemnización.

En razón de la trascendencia del hecho, este Organismo Nacional ejerció la facultad de atracción, radicando el expediente de queja CNDH/2/2015/9193/Q. Tras concluir su investigación, constató la omisión de la autoridad municipal, que no solicitó apoyo a corporaciones de seguridad pública de municipios aledaños y a la Policía Estatal, desde el momento en que se tuvo conocimiento de la intención de la población que se aglomeraba al exterior de la comandancia para linchar a los dos hombres.

Además de no adoptar a tiempo las medidas necesarias y pertinentes para la protección de las víctimas, permitiendo el ingreso y permanencia en las instalaciones municipales de personas que alteraron el orden público, lo que trajo como resultado la pérdida de dos vidas, también se acreditó la actuación omisa del Presidente Municipal de Ajalpan, quien fue enterado oportunamente de la situación, y pese a que se encontraba a 10 minutos del lugar se presentó cuatro horas después.

Se documentó que al arribo de la Policía Estatal a la Presidencia de Ajalpan, uno de los jóvenes se encontraba con vida, y al ser agredidos y replegados por la multitud, los elementos estatales no realizaron mayores acciones para el rescate de la víctima.

Este hecho también fue del conocimiento de un delegado distrital de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Puebla, sin que diera cumplimiento a las disposiciones del «Protocolo para la búsqueda de soluciones pacíficas, el diálogo y el respeto de los derechos humanos».

La CNDH advirtió que eventos de linchamientos anteriores eran del conocimiento del Ayuntamiento de Ajalpan y de las Secretarías de Seguridad Pública y General de Gobierno del Estado, como integrantes del Sistema Estatal de Seguridad Pública, que de acuerdo a información oficial en los últimos cuatro años se reportaron en el estado de Puebla 16 linchamientos, en los cuales se rescató con vida a 21 personas y 6 más fallecieron.

Pese a ello, ninguna de esas autoridades adoptó medidas para su prevención o protocolos de actuación para evitar la consumación del hecho, a pesar de que contaban con antecedentes y suficiente información de tal índole, lo cual acredita la responsabilidad por falta de prevención y protección en casos de linchamientos.

Las recomendaciones

La Comisión Nacional encontró que, con la omisión de actuación de las autoridades, en ese linchamiento se violaron los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la vida de las víctimas.

Por ello, la CNDH pide al Gobernador de Puebla y al Ayuntamiento de Ajalpan realizar la inscripción de los familiares de las víctimas en el Registro Nacional de Víctimas, a fin de que accedan en lo conducente a la reparación integral del daño; colaborar con el seguimiento de las denuncias y quejas que se presenten ante la Secretaría General del Congreso del Estado, la Fiscalía General, la Secretaría de la Contraloría, la Dirección de Asuntos Internos de la Secretaría de Seguridad Pública y la Contraloría Municipal de Ajalpan, contra los servidores públicos que intervinieron en los hechos.

Llevar a cabo el estudio, actualización y publicación del “Protocolo para la búsqueda de soluciones pacíficas, el diálogo y el respeto de los derechos”, y del Bando de Policía y Gobierno de Ajalpan.

Realizar un Diagnóstico de la Operatividad del Centro Coordinador de Seguridad Pública y del Servicio de Llamadas de Emergencia del Estado, y ejecutar las propuestas que del mismo se deriven. Capacitar en materia de derechos humanos y mediación a funcionarios municipales y estatales, a partir del estudio de casos de linchamiento. Efectuar dos jornadas de cultura de la legalidad y justicia, para lo cual se deberán hacer partícipes a los medios de comunicación.

De manera particular, se recomienda al Gobernador del Estado constituir un fideicomiso que garantice los estudios hasta el nivel superior de los hijos de una de las víctimas, incluyendo la entrega de uniformes y útiles escolares.

En coordinación con el Congreso del Estado, iniciar los trabajos legislativos para armonizar la Ley de Protección a las Víctimas para el Estado de Puebla con la Ley General de Víctimas, la publicación de su Reglamento en el Periódico Oficial del Estado, y poner en operación la Comisión Estatal de Víctimas y los Fondos de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de Víctimas del Delito y de Violaciones a los Derechos Humanos.

La Comisión Nacional estima pertinente dar vista de esta Recomendación a la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), para que en el marco de sus atribuciones se adopten acciones y medidas para prevenir casos de linchamientos, protocolos de actuación para las instancias de seguridad pública y la capacitación de servidores públicos en el diálogo y la mediación ante este tipo de eventos.

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